Un tribunal de tránsito de San Cristóbal condenó a tres años de prisión a Saudy Javier Abad, conductor de un camión involucrado en un accidente que provocó la muerte de cinco personas y dejó a otra con lesiones permanentes.
De acuerdo con la sentencia, Abad cumplirá un año y diez meses en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, mientras que los 14 meses restantes quedaron suspendidos, sujetos al cumplimiento de las condiciones establecidas por la justicia.
El accidente ocurrió el 1 de agosto de 2025 en la autopista 6 de Noviembre. Según el expediente acusatorio, el conductor transitaba de manera temeraria e imprudente cuando embistió cinco motocicletas que se encontraban estacionadas en el paseo que divide la vía.
La jueza Ana Hernández Méndez, de la Primera Sala del Juzgado de Paz Especial de Tránsito de San Cristóbal, dictó la sentencia luego de acoger la solicitud del Ministerio Público de imponer la pena máxima contemplada por la legislación para este tipo de infracciones.
Las condiciones para mantener la suspensión
Durante el período de suspensión, Abad deberá permanecer en el domicilio declarado ante el tribunal y comunicar cualquier cambio de residencia al juez de Ejecución de la Pena.
También tendrá que participar en las charlas de educación vial organizadas por la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL), abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y respetar las demás disposiciones judiciales.
El incumplimiento de estas medidas podría provocar la revocación del beneficio, lo que obligaría al condenado a completar los tres años de prisión en Najayo Hombres.
Además de la pena de cárcel, el tribunal le impuso una multa equivalente a 15 salarios mínimos del sector público y el pago de las costas penales del proceso.
Disponen indemnizaciones para las víctimas
La sentencia establece que Saudy Javier Abad, Saturnino Corporán, propietario del camión, y la compañía aseguradora deberán pagar las indemnizaciones correspondientes a las víctimas del accidente.
El tribunal declaró culpable al conductor de violar los artículos 220 y 303, numerales 4 y 5, de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que sancionan la conducción temeraria e imprudente cuando ocasiona lesiones permanentes o muertes involuntarias.
La legislación contempla penas de uno a tres años de prisión y multas de entre 10 y 50 salarios mínimos del sector público para los casos previstos en esas disposiciones.
La investigación estuvo a cargo de la fiscalizadora Diandra Olavarría, mientras que Carolina Olivares representó al Ministerio Público ante el tribunal.
La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 17 de noviembre de 2026, a las 2:00 de la tarde.
Condenan a chofer a tres años de prisión por muerte de cinco personas en San Cristóbal
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