La Corte de Apelación del Departamento Judicial de Puerto Plata revocó el perdón judicial que había beneficiado al pelotero Wander Franco y le impuso una condena de tres años de prisión suspendida por abuso sexual y psicológico en perjuicio de una adolescente.
La decisión modifica el fallo emitido en mayo de 2026 por el Tribunal Colegiado Ad Hoc de Puerto Plata, que declaró a Franco penalmente responsable de los hechos, pero le concedió el perdón judicial, eximiéndolo del cumplimiento de una pena de prisión.
Con la nueva sentencia, el tribunal de segundo grado dejó sin efecto ese beneficio y estableció una pena suspendida, sujeta a las condiciones que determine la justicia. Hasta el momento, las informaciones publicadas no precisan cuáles serán las reglas específicas que deberá cumplir el jugador durante ese período.
Ratifican condena contra la madre de la adolescente
En la misma decisión, la Corte de Apelación ratificó la condena de 10 años de prisión impuesta a Martha Vanessa Chevalier, madre de la adolescente involucrada en el proceso.
La sentencia forma parte de un caso judicial que ha atravesado varios recursos y dos juicios. En el primer proceso, Franco recibió una condena de dos años de prisión suspendida, pero la sentencia fue anulada posteriormente y se ordenó celebrar un nuevo juicio.
En mayo de este año, el tribunal volvió a declararlo penalmente responsable por abuso sexual y psicológico contra la adolescente, aunque le otorgó el perdón judicial que ahora fue revocado.
El Ministerio Público había solicitado cinco años de prisión
Durante el proceso de apelación, el Ministerio Público solicitó que se impusieran cinco años de prisión a Franco, al considerar que el perdón judicial concedido en primera instancia no correspondía con los hechos por los que fue declarado culpable.
La Fiscalía también pidió que se mantuviera la condena de 10 años de prisión contra Chevalier.
Con la decisión de la Corte, el perdón judicial otorgado al pelotero queda revocado y la pena se establece en tres años de prisión suspendida.
El caso ha generado atención pública por las decisiones adoptadas en las distintas etapas judiciales y por la discusión sobre la sanción correspondiente a los hechos juzgados.
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