Luxemburgo.- La Unión Europea aprobó este jueves, con el único voto en contra de España y la abstención de Bélgica, el Reglamento de Retornos de la UE, que permitirá, entre otras cosas, crear en terceros países centros para migrantes que deban ser repatriados, agilizar las deportaciones y endurecer la política migratoria.
La normativa recibió el aval definitivo de la UE en un Consejo de ministros europeos de Interior.
El titular de Irlanda, Jim O’Callaghan, cuyo país preside el Consejo de la UE este semestre, dijo que este reglamento, que acelerará los procedimientos de retorno de los que no tienen derecho a quedarse en la UE, complementa el pacto migratorio y de asilo y “contribuirá a la implementación efectiva, respetando al mismo tiempo los derechos fundamentales”.
Reglamento de Retornos de la UE contempla centros en terceros países
Uno de los principales elementos de esa nueva legislación es la creación de centros de retorno en terceros países, a los que los Estados miembros podrán enviar a las personas que no tengan derecho a permanecer en la UE y que hayan recibido una decisión de retorno.
Para ello hará falta tener un acuerdo o convenio con el tercer país en cuestión.
El Consejo precisó en un comunicado que cualquier acuerdo o convenio de este tipo “solo podrá celebrarse” con terceros países que respeten las normas internacionales de derechos humanos y los principios del derecho internacional, incluido el principio de no devolución, que prohíbe a cualquier país expulsar, devolver o extraditar a una persona a un territorio donde su vida, libertad o seguridad corran grave peligro o exista riesgo de tortura.
Obligaciones para quienes no tienen derecho a permanecer en la UE
Las nuevas normas imponen a los nacionales de terceros países que no tengan derecho a permanecer en la UE la obligación de abandonar el Estado miembro afectado y de cooperar con las autoridades.
El incumplimiento de la obligación de cooperar puede dar lugar a sanciones, que incluyen la reducción de las prestaciones y asignaciones concedidas de conformidad con el derecho nacional, la denegación de incentivos concedidos para promover el retorno voluntario, sanciones financieras o incluso sanciones penales, cuando estas estén previstas en la legislación nacional.
Orden Europea de Retorno y reconocimiento mutuo
El Reglamento de Retornos de la UE incluye una Orden Europea de Retorno, un formulario en el que los Estados miembros tendrán que introducir los elementos clave de la decisión de retorno, lo que ofrecerá la información necesaria para reconocer las decisiones de retorno dictadas por otros países.
El reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno seguirá siendo voluntario por el momento y se volverá a evaluar tres años después de la entrada en vigor de las nuevas normas.




