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TSE se declara incompetente para conocer recurso de amparo contra Danilo Medina e Iris Guaba

El Tribunal Superior Electoral (TSE), presidido por el magistrado Román Jáquez Liranzo, declinó este martes el conocimiento del caso al Tribunal Superior Administrativo (TSA), por tratarse la resolución impugnada de un asunto meramente administrativo.

La Alta Corte acogió la decisión con el voto unánime de los jueces basados en la jurisprudencia del Tribunal y la ley 137- 11 de procedimientos constitucionales.

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Más temprano la barra de la defensa del presidente Danilo Medina había planteado que el TSE no tienía competencia para conocer la acción de amparo interpuesta contra el presidente Danilo Medina.

Y la directora del Plan Social de la Presidencia por una supuesta violación a la resolución de la Junta Central Electoral que reglamenta la participación de funcionarios públicos en campaña.

«Ya que la misma no tiene su origen en un asunto  contencioso electoral, sino que según consta en las conclusiones escritas del accionante, Partido Frente Amplio, únicamente lo que se persigue es la suspensión del proceso de adquisición de electrodomésticos, materiales de construcción»

, alimentos por parte del plan social de la presidencia lo cual constituye una estrictamente administrativa cuyo control jurisdiccional compete al Tribunal Superior Administrativo», explicó el presidente del TSE, Román Jaquez Liranzo.

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losmocanos