Santo Domingo.– El jurista argentino Martin D. Haissiner sostuvo que, una vez vencido el plazo máximo establecido por la ley para un proceso penal, corresponde extinguir la acción y cerrar definitivamente la causa.
Haissiner realizó el planteamiento durante su participación en el VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional, celebrado en Santo Domingo, donde presentó la conferencia “La rebeldía del tiempo: sobre la dificultad para regular la duración máxima del proceso penal”.
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El abogado por la Universidad de Buenos Aires, magíster y doctor en Derecho por la Universidad de Yale, explicó que el plazo máximo y la garantía del plazo razonable están relacionados, pero constituyen instrumentos jurídicos diferentes.
Plazo máximo penal
De acuerdo con Haissiner, el plazo máximo debe constituir un límite “previo, preciso y categórico” al ejercicio del poder penal. El plazo razonable, en cambio, puede servir para poner fin a un proceso incluso antes de alcanzarse ese máximo cuando su duración resulte irrazonable.
El jurista sostuvo además que el tiempo consumido por un proceso es irreversible. A diferencia de otras violaciones procesales que pueden repararse, una persona sometida a un proceso durante más tiempo del permitido ya ha soportado las consecuencias de esa demora.
Haissiner vinculó el plazo máximo con la presunción de inocencia. Según explicó, durante el período establecido por la ley, el Estado dispone de la oportunidad para desvirtuarla mediante una decisión sustentada en pruebas. Si el término concluye sin una decisión firme, sostuvo, debe clausurarse definitivamente la persecución penal.
Plazo máximo y garantías
Al resumir su posición, Haissiner planteó que, una vez cumplido el máximo establecido, la causa debe cerrarse y que el plazo razonable puede servir para anticipar ese momento, pero no para postergarlo.
Las consideraciones del jurista coincidieron con el énfasis colocado en el debido proceso por el presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón R. Estévez Lavandier, durante la apertura del Congreso.
El magistrado sostuvo que defender las garantías procesales no equivale a favorecer la impunidad y afirmó que una persona sometida a una investigación o acusación penal mantiene sus derechos constitucionales, independientemente de la gravedad de los hechos que se le atribuyan.
Estévez Lavandier señaló que la persecución del delito, la seguridad ciudadana y la eficacia de la justicia son necesarias, pero sostuvo que esos objetivos deben alcanzarse respetando los principios fundamentales del Estado constitucional.




